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Éstas son las nuevas ayudas para mejorar la eficiencia energética de los edificios, lanzadas por el Ministerio de Energía

El Plan PAREER II, desarrollado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), lanza una línea de subvenciones de 125 millones de euros para las actuaciones de mejora integral

Noticia del sector

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), publicó el pasado viernes en el BOE las bases de la segunda convocatoria del programa de ayudas destinadas a proyectos de rehabilitación energética de edificios (PAREER II), dotada con 125,6 millones de euros.

En las próximas semanas, los interesados podrán solicitar las ayudas a través de la aplicación informática que lanzará el IDAE en su página web.

Las acciones susceptibles de recibir las ayudas serán aquellas que consigan una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía final de los edificios, mediante la mejora de la eficiencia energética en una o varias de las tipologías siguientes: la envolvente térmica, las instalaciones térmicas y de iluminación, o la sustitución de energía convencional por energía solar térmica o geotérmica.

En todo caso, las actuaciones deberán mejorar la calificación energética total del edificio en al menos una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/ m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Podrán beneficiarse de las ayudas del programa los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, con personalidad jurídica pública o privada; las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales, constituidas como propiedad horizontal; las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; y las empresas de servicios energéticos.

Todas las tipologías y beneficiarios tendrán derecho a percibir una ayuda dineraria sin contraprestación (suma de la ayuda base y una ayuda adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada), por un importe máximo de un 30%, complementada con un préstamo reembolsable, por un importe máximo de un 70%. Los préstamos reembolsables tienen un tipo de interés Euribor + 0,0%, con un plazo máximo de amortización de 12 años, incluido un periodo de carencia opcional de un año.

Como novedad, cabe señalar que los beneficiarios podrán contar, además, con un anticipo, de hasta el 40% de la ayuda concedida, que podrán solicitar conforme se establece en el procedimiento de ayudas.

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